Micelio

Artículo 23

Para La Aplicación De Las Sanciones Establecidas Se Observará El Siguiente Procedimiento: Los Inspectores Nacionales De Policía Sanitaria O Los Funcionarios Que Hagan Sus Veces, Y Los Alcaldes E Inspectores De Policía Que Tuvieren Conocimiento Por Sí O Por Denuncia De Terceros Del Ejercicio Ilegal De La Medicina Veterinaria, Avocarán La Correspondiente Investigación, Dictando Un Auto Cabeza De Proceso

Decreto 2944 de 1948 · Por el cual se modifica el Decreto 1099 de 8 de julio de 1930 sobre ejercicio de la medicina veterinaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la aplicación de las sanciones establecidas se observará el siguiente procedimiento: Los Inspectores Nacionales de Policía Sanitaria o los funcionarios que hagan sus veces, y los Alcaldes e Inspectores de Policía que tuvieren conocimiento por sí o por denuncia de terceros del ejercicio ilegal de la medicina veterinaria, avocarán la correspondiente investigación, dictando un auto cabeza de proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2944 de 1948