Artículo tercero. Si en el presupuesto del año de 1972 no se incluyera dicha partida, autorízase al Gobierno para abrir los créditos necesarios al empezar su vigencia y para efectuar las traslaciones requeridas al cumplimiento de la presente Ley. Artículo cuarto. Esta Ley regirá desde su sanción.
Ley 58 de 1973 →Vigente
Artículo 3
Ley 58 de 1973 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de Lorica, Departamento de Córdoba
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.