Micelio

Artículo 46

No Formarán Parte De La Masa De La Quiebra Los Siguientes Bienes: 1º Las Mercancías Que Tenga El Quebrado En Su Poder A Título De Comisión; 2º Los Títulos O Créditos Que Se Hayan Enviado O Entregado Al Quebrado Para Su Cobranza Y Los Que Haya Adquirido Por Cuenta De Otro, Siempre Que Estén Emitidos O Endosados Directamente A Favor Del Comitente; 3º El Dinero Remitido Al Quebrado Fuera De Cuenta Corriente, En Desarrollo De Una Comisión O Mandato Del Comitente O Mandante, Siempre Que Haya Por Lo Menos Un Principio De Prueba Por Escrito Sobre La Existencia De La Comisión O Mandato A La Fecha De La Cesación De Pagos; 4º Las Cantidades Que Se Estén Debiendo Al Quebrado Por Cuenta Ajena A La Fecha De La Cesación En Los Pagos, Si De Ello Hubiere Por Lo Menos Un Principio De Prueba Por Escrito; Y Los Documentos Que Obren En Poder Del Quebrado, Aunque No Estén Otorgados A Favor Del Comitente, Siempre Que Se Compruebe Que La Obligación Proviene De Una Comisión Y Que El Quebrado Los Tiene Por Cuenta Del Comitente; 5º Las Mercancías Que El Quebrado Haya Adquirido Al Fiado, Mientras No Se Haya Producido Su Entrega; 6º Los Bienes Que Tenga El Quebrado En Calidad De Depositario; 7º Los Bienes De Que Sea Titular El Cónyuge Del Quebrado, Y 8º En General Las Especies Identificables Que Aún Encontrándose En Poder Del Quebrado, Pertenezcan A Otra Persona

Decreto 2264 de 1969 · Por el cual se expide y pone en vigencia el Título de Concordato Preventivo y Quiebra del Proyecto de Código de Comercio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No formarán parte de la masa de la quiebra los siguientes bienes: 1º Las mercancías que tenga el quebrado en su poder a título de comisión; 2º Los títulos o créditos que se hayan enviado o entregado al quebrado para su cobranza y los que haya adquirido por cuenta de otro, siempre que estén emitidos o endosados directamente a favor del comitente; 3º El dinero remitido al quebrado fuera de cuenta corriente, en desarrollo de una comisión o mandato del comitente o mandante, siempre que haya por lo menos un principio de prueba por escrito sobre la existencia de la comisión o mandato a la fecha de la cesación de pagos; 4º Las cantidades que se estén debiendo al quebrado por cuenta ajena a la fecha de la cesación en los pagos, si de ello hubiere por lo menos un principio de prueba por escrito; y los documentos que obren en poder del quebrado, aunque no estén otorgados a favor del comitente, siempre que se compruebe que la obligación proviene de una comisión y que el quebrado los tiene por cuenta del comitente; 5º Las mercancías que el quebrado haya adquirido al fiado, mientras no se haya producido su entrega; 6º Los bienes que tenga el quebrado en calidad de depositario; 7º Los bienes de que sea titular el cónyuge del quebrado, y 8º En general las especies identificables que aún encontrándose en poder del quebrado, pertenezcan a otra persona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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