Micelio

Artículo 4

Decreto 2142 de 1957 · Por el cual se crea la Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Código de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto . El Director General de Aduanas-supervigilara la organización de la Comisión, la distribución del trabajo, la ejecución de éste e intervendrá con voz y voto en las deliberaciones de la Comisión, ya será personalmente o por un delegado suyo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2142 de 1957