Artículo tercero. Los Cajeros de que trata el artículo 1° de esté Decreto garantizarán su manejo con fianza, por las cuantías que señale la Contraloría General de la República, otorgadas antes de que tomen posesión de sus puestos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 851 de 1944 →Vigente
Artículo 3
De Esté Decreto Garantizarán Su Manejo Con Fianza, Por Las Cuantías Que Señale La Contraloría General De La República, Otorgadas Antes De Que Tomen Posesión De Sus Puestos
Decreto 851 de 1944 · Por el cual se establecen varios puestos en el ramo de Obras Públicas Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.