° Por el Ministerio del Tesoro se hará el correspondiente traslado para atender al gasto que ocasiona el puesto de que trata el artículo anterior. Comuníquese y publíquese.
Decreto 697 de 1921 →Vigente
Artículo 4
Por El Ministerio Del Tesoro Se Hará El Correspondiente Traslado Para Atender Al Gasto Que Ocasiona El Puesto De Que Trata El Artículo Anterior
Decreto 697 de 1921 · Por el cual se aprueba otro, se acepta una renuncia, se crea un puesto, se fija su asignación y se hace un nombramiento en el ramo de Correos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.