Micelio

Artículo 41

Retiro Por Conducta Deficiente

Decreto 609 de 1977 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retiro por conducta deficiente. Los Agentes de la Policía Nacional serán retirados del servicio activo por conducta deficiente, cuando deben de asistir al servicio por más de diez (10) días, consecutivos, sin causa justificada. Sin prejuicio de la acción penal correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1977