Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1387 de 1995 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1135 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 6º del Decreto 1135 de 1994 quedará así: "Artículo 6º. Dirección del programa. La dirección del programa estará a cargo de un Consejo Directivo integrado por los siguientes miembros

1.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

3.

Un consejero de la Presidencia de la República, o su delegado.

4.

El representante legal de la entidad ejecutora del programa, o su delegado, quien asistirá a las reuniones del Consejo con voz pero sin voto.

5.

El Director General del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Social, o su delegado, quien asistirá a las reuniones del Consejo con voz pero sin voto.

Parágrafo

La Secretaría Técnica del Consejo Directivo estará a cargo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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