Micelio

Artículo 1

Créanse En La Tesorería De La Canalización Del Río Magdalena Los Puestos De Segundo Liquidador Y De Un Escribiente Más, Con Los Sueldos Que Actualmente Disfrutan Los Empleados De Igual Categoría, Y Tres Guardas Bajo La Dependencia, Inmediata Del Oficial Inspector, Y Con Una Asignación Mensual De $ 35 Cada Uno

Decreto 1991 de 1915 · Por el cual se crean unos puestos y se provee el personal que debe desempeñarlos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse en la Tesorería de la Canalización del río Magdalena los puestos de segundo Liquidador y de un Escribiente más, con los sueldos que actualmente disfrutan los empleados de igual categoría, y tres Guardas bajo la dependencia, inmediata del Oficial Inspector, y con una asignación mensual de $ 35 cada uno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1991 de 1915