° Créanse en la Tesorería de la Canalización del río Magdalena los puestos de segundo Liquidador y de un Escribiente más, con los sueldos que actualmente disfrutan los empleados de igual categoría, y tres Guardas bajo la dependencia, inmediata del Oficial Inspector, y con una asignación mensual de $ 35 cada uno.
Decreto 1991 de 1915 →Vigente
Artículo 1
Créanse En La Tesorería De La Canalización Del Río Magdalena Los Puestos De Segundo Liquidador Y De Un Escribiente Más, Con Los Sueldos Que Actualmente Disfrutan Los Empleados De Igual Categoría, Y Tres Guardas Bajo La Dependencia, Inmediata Del Oficial Inspector, Y Con Una Asignación Mensual De $ 35 Cada Uno
Decreto 1991 de 1915 · Por el cual se crean unos puestos y se provee el personal que debe desempeñarlos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.