Micelio

Artículo 8

Los Propietarios, Empresarios, Gerentes O Administradores De Hoteles Podrán Exigir A Las Personas Que No Porten Equipajes, El Pago Anticipado De Las Mensualidades, Quincenas, Décadas O Diarios, Según La Costumbre Del Respectivo Establecimiento

Decreto 151 de 1957 · Por el cual se dictan normas de protección de la industria hotelera

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los propietarios, empresarios, gerentes o administradores de hoteles podrán exigir a las personas que no porten equipajes, el pago anticipado de las mensualidades, quincenas, décadas o diarios, según la costumbre del respectivo establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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