Micelio

Artículo 3

Los Empleados Y Trabajadores Nacionales En Uso Del Derecho Consagrado Por El Artículo 291 Del Código Político Municipal, Tendrán Derecho A La Prima O Bonificación De Navidad, En El Caso De Que Hubieren Prestado Servicio, Por Lo Menos, Durante Siete (7) Meses De Cada Año

Decreto 3070 de 1945 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1945, sobre Prima de Navidad a los empleados y obreros nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados y trabajadores nacionales en uso del derecho consagrado por el artículo 291 del Código Político Municipal, tendrán derecho a la Prima o bonificación de Navidad, en el caso de que hubieren prestado servicio, por lo menos, durante siete (7) meses de cada año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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