Micelio

Artículo 2

Ley 61 de 1937 · por la cual se conmemora un hecho histórico, se da una autorización al Gobierno y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las propiedades adquiridas por el Gobierno en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° se construirá un parque, y, en el mismo sitio histórico que, en la época de la Conquista ocupaba el Templo del Sol, incendiado por los españoles, se erigirá un monumento conmemorativo.

Parágrafo

El Gobierno queda autorizado para contratar el monumento en referencia, con artistas nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1937