Micelio

Artículo 66

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INTERESES EN CASO DE REEMBOLSO DEL VALOR DE LAS PRESTACIONES OTORGADAS POR EL INSTITUTO. Cuando haya lugar al reintegro o reembolso del valor de las prestaciones que hubiere suministrado el ISS, se causarán intereses corrientes a la tasa bancaria a partir de la fecha en que el Instituto las hubiere cancelado u otorgado. Así mismo deberán cancelarse los intereses moratorios bancarios desde la fecha en que se ordene el reembolso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2665 de 1988