Micelio

Artículo 3

Con Cargo Al Artículo 362-A Del Capítulo 35-A Del Presupuesto, El Ministerio De Gobierno Cubrirá El Valor De Los Servicios Prestados A Partir Del 1° De Septiembre, Por El Personal Que No Haya Recibido Del Servicio Nacional De Asistencia Social "sas", La Remuneración Correspondiente

Decreto 2701 de 1959 · Por el cual se reorganiza el funcionamiento de los Equipos Polivalentes creados por la Comisión Especial de Rehabilitación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con cargo al artículo 362-A del Capítulo 35-A del Presupuesto, el Ministerio de Gobierno cubrirá el valor de los servicios prestados a partir del 1° de septiembre, por el personal que no haya recibido del Servicio Nacional de Asistencia Social "SAS", la remuneración correspondiente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2701 de 1959