Micelio

Artículo 3

º Red Oficial

Decreto 1697 de 1994 · por le cual se reglamenta el Servicio Postal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Red oficial. La red oficial de correos se encuentra constituida por todos los recursos utilizados para la admisión, clasificación, transporte y entrega de los envíos de correspondencia y otros objetos postales, que autorice el Ministerio de Comunicaciones para la prestación de los servicios de correos nacionales e internacionales, mediante contrato de concesión. Toda concesión para la prestación de servicios de correos deberá incluir la aprobación de una red oficial que garantice la universalidad del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1697 de 1994