° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Relaciones Exteriores. Capitulo 9°. Del artículo 111. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año $ 12.000.00 Capítulo 11. Del artículo 122. Para pagar las cuotas de Colombia en la Organización de los Estados Americanos en Washington 71.419.98 Suman los contracréditos $ 83.419.98 Capitulo 9°. Al artículo 116. Para viáticos del personal diplomático, en el año $ 82.851.47 Capítulo 11. Al artículo 126. Para pagar las cuotas de Colombia a la Organización de las Naciones Unidas, según Convenio aprobado por la Ley 13 de 1945 y Decretó 861 de 1946 568.51 Suman los créditos $ 83.419.98
Decreto 2876 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores
Decreto 2876 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.