Micelio

Artículo 4

El Instituto De Crédito Territorial Traspasara A La Mencionad Fundación, A Título Gratuito, Los Terrenos Y Edificaciones Que Posee En La Urbanización Aguablanca De La Ciudad De Cali, Y Los Créditos A Su Favor

Decreto 133 de 1957 · Por el cual se autoriza la creación y organización de la Fundación Ciudad de Cali y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Instituto de Crédito Territorial traspasara a la mencionad Fundación, a título gratuito, los terrenos y edificaciones que posee en la Urbanización Aguablanca de la ciudad de Cali, y los créditos a su favor. Provenientes de adjudicaciones hechas en la misma urbanización.

Parágrafo

La cesión anterior constituye e aporte de la Nación a la Fundación Ciudad de Cali, quien se hará cargo de pagar los auxilios de que trata el artículo 2º. del Decreto-ley 1934 de 1956.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1957