Micelio

Artículo 1

Decreto 1788 de 1954 · Por el cual se confiere una autorización al Municipio de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorízase al Municipio de Bogotá para ceder, a título gratuito a la Nación, con destino exclusivo al Centro de Ingenieros Militares Francisco José de Caldas y al Club Militar, el dominio que tiene .sobre un lote de terreno dividido en dos (2) sectores, comprendidos, el primero entre los siguientes linderos: "Norte, con propiedad del Municipio de Bogotá; Sur con la Avenida de Las Américas Oriente, con camellón que entra a la propiedad del Ejército, carrera cuarenta y seis (46) en proyecto, y Occidente, con propiedad de Camilo Cabrera", y el segundo alinderado así: "Norte, con propiedad del Ejército; Oriente, con camino que entra a la propiedad del Ejército, carrera cuarenta y seis (46) en proyecto; Sur, con propiedad del Municipio de Bogotá, y Occidente, con la finca número cuarenta y seis diez 46-10) de la calle trece (13)", con cabida aproximada de tres .mil trescientas cuatro varas cuadradas con diez centésimas de vara cuadrada, (3.304,10 V2) y doce mil cuatrocientas ochenta y una varas cuadradas con treinta y nueve centésimos de vara cuadrada (12481.39 V2) respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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