Los funcionarios que tengan conocimiento de la comisión de una infracción disciplinaria, o el que reciba el aviso de que trata el artículo 93 del presente Decreto, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Ministro de Relaciones Exteriores, o del jefe del inculpado, suministrando todos los documentos y demás datos de que tuvieren noticia. La omisión de esta obligación constituye falta grave.
Decreto 1745 de 1983 →Vigente
Artículo 97
Los Funcionarios Que Tengan Conocimiento De La Comisión De Una Infracción Disciplinaria, O El Que Reciba El Aviso De Que Trata El Artículo 93 Del Presente Decreto, Deberá Ponerlo Inmediatamente En Conocimiento Del Ministro De Relaciones Exteriores, O Del Jefe Del Inculpado, Suministrando Todos Los Documentos Y Demás Datos De Que Tuvieren Noticia
Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.