Micelio

Artículo 8

Ley 96 de 1928 · Por la cual se señalan nuevos límites a las Comisarías de Caquetá y del Putumayo, se crea la Comisaría Especial del Amazonas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Creánse los puestos de Notario y de Registrador de instrumentos públicos en Leticia con la asignación mensual que fije el Gobierno y eriges la Comisaria Especial del Amazonas en Circulo de Notaria y de Registro.

Facúltase al Gobierno Nacional para que disminuya estos sueldos hasta suprimirlos a medida que el movimiento de la propiedad aumente, hasta ser bastante a remunerar a dichos empleados en forma análoga a la en que están los demás de su clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 96 de 1928