Micelio

Artículo 2

Decreto 246 de 1960 · Por el cual se distribuye la aporpiación para la campaña antivenérea nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Las sumas que se destinan en el presente Decreto para los Institutos de Higiene Social de Bucaramanga, Girardot, Cundinamarca y Cauca, serán giradas por el Ministerio de Salud Pública, directamente a los señores Pagadores de las respectivas Direcciones Departamentales de Salud Publica. La suma que se destina a la Comisaría del Putumayo, será girada por el Ministerio de Salud Pública, directamente al Síndico Pagador de la Dirección Comisarial de Salud Pública del Putumayo. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 246 de 1960