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Artículo 7

Derogado Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 7°

Decreto 704 de 2018 · Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital y se adiciona un artículo en el Título 2 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto Único Reglamentario del sector TIC, Decreto número 1078 de 2015.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Derogado

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 7°.Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la CIDED estará a cargo de la Dirección de Transformación Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

La Secretaría Técnica tendrá voz, pero no voto, y tendrá como funciones las siguientes:

1.

Presentar, para consideración de la CIDED, un plan de trabajo acorde con el ob­jeto y las funciones de la comisión.

2.

Preparar el proyecto de reglamento interno de la CIDED, a ser aprobado por sus miembros.

3.

Preparar el orden del día y llevar la relatoría de cada reunión de la CIDED.

4.

Elaborar y presentar informes a la CIDED sobre los avances del Plan de Trabajo.

5.

Servir de enlace y brindar el apoyo técnico, administrativo y operativo para la coordinación entre los miembros que integran la CIDED, con el sector público, privado, sociedad civil y academia.

6.

Comunicar y coordinar la convocatoria de la CIDED, a sesiones ordinarias y ex­traordinarias, con por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación.

7.

Remitir las propuestas, documentos de trabajo, informes y demás materiales de apoyo, que sirvan de soporte a las decisiones de la CIDED.

8.

Recibir y dar trámite a las propuestas que sean presentadas por los integrantes de la CIDED, con el objeto de articular las iniciativas, acciones técnicas y políticas que surjan de la Comisión Intersectorial.

9.

Responder por la gestión documental de la CIDED, garantizando la administra­ción y custodia de actas y demás documentos.

10.

Consolidar y entregar, a los órganos de control, los informes que le sean requeri­dos a la CIDED.

11.

Elaborar y suscribir las actas correspondientes de las sesiones de la CIDED.

12.

Hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos.

13.

Convocar las sesiones de los Comités Técnicos de CIDED con por los menos cinco (5) días hábiles de anticipación.

14.

Brindar apoyo técnico y operativo a los Comités de la Comisión.

15.

Las demás funciones que sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico, o que le sean asignadas por la CIDED.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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