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Artículo 124

Cuando La Autoridad Con Poder Disciplinario Haya Impuesto Una Sanción Apartándose Del Concepto De La Comisión De Personal O Cuando La Sanción Impuestas Sea La De Destitución, El Interesado Puede Interponer El Recurso De Reposición O El De Apelación, Según El Caso

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la autoridad con poder disciplinario haya impuesto una sanción apartándose del concepto de la Comisión de Personal o cuando la sanción impuestas sea la de destitución, el interesado puede interponer el recurso de reposición o el de apelación, según el caso. Para surtirse el recurso de oirá el concepto de la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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