Micelio

Artículo 3

Decreto 992 de 1931 · Por el cual se dispone una medida relacionada con la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° .El Director General de la Policía Nacional elaborará y presentará al Ministro de Gobierno, con diez días de anticipación, el programa de actos y festejos con que se debe solemnizar esta fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 992 de 1931