Oficiales de Vuelo en la Fuerza Aérea. Son Oficiales de Vuelo en la Fuerza Aérea los Pilotos y los Especialistas. Son Oficiales Pilotos todos aquéllos formados, entrenados y capacitados con la finalidad de ejercer el mando y la conducción de las Unidades Aéreas. Son Oficiales Especialistas todos aquéllos formados, entrenados y capacitados para cumplir funciones complementarias de vuelo y accesorias en el mando y conducción de las Unidades Aéreas,
Decreto 89 de 1984 →Vigente
Artículo 12
Oficiales De Vuelo En La Fuerza Aérea
Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.