Micelio

Artículo 54

El Artículo 317 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: “procedencia De Los Recursos

Decreto 755 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 317 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: “Procedencia de los recursos. Salvo lo previsto en este Decreto, procederán los recursos de ley contra los siguientes actos provenientes de los Administradores de Aduana

1.

La liquidación oficial de los derechos de importación y demás impuestos o gravámenes.

2.

La declaración de abandono legal de la mercancía.

3.

La declaración de decomiso administrativo de la mercancía.

4.

La providencia que decrete sanciones.

5.

La providencia que ordena el cobro de una cuenta adicional.

6.

Cualquier otro acto que de conformidad con este Decreto y el Código Contencioso Administrativo sea susceptible de recursos.

Parágrafo

El recurso de reposición y el de apelación interpuesto directamente o en subsidio del de reposición, deberán presentarse en la División Legal y de Secretaría de la respectiva Administración de Aduana”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 755 de 1990