Micelio

Artículo 1

Decreto 173 de 1879 · Por el cual se separan los destinos de Administrador subalterno de Hacienda nacional i Telegrafista de la ciudad de la Ciénaga

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Desde la publicacion del presente decreto quedarán separados los destinos de Administrador subalterno de Hacienda nacional de la ciudad de la Ciénaga (Estado soberano del Magdalena) i de Telegrafista de la misma. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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