Micelio

Artículo 6

Articulación Con El Sistema Nacional Ambiental

Decreto 1603 de 1994 · por el cual se organizan y establecen los Institutos de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander von Humboldt" , el Instituto Amazónico de Investigaciones "Sinchi" y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico "John von Neumann"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Articulación con el Sistema Nacional Ambiental. Los Institutos forman parte del SINA de acuerdo con el numeral 6 del artículo 4º de la misma ley, en desarrollo de dicha condición tienen como funciones

1.

Fomentar la cooperación del Instituto respectivo, en las áreas de su competencia, con las demás entidades públicas y privadas que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental y en particular con las Corporaciones, grandes centros urbanos, los departamentos, municipios, centros poblados y entes territoriales, así como con las universidades centros e institutos a que hace referencia la ley.

2.

Asesorar, en colaboración con las corporaciones, a las entidades territoriales y centros poblados en materia de investigación, toma de datos y manejo de la información.

3.

Suministrar información científica y técnica de su competencia para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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