Micelio

Artículo 867

Para Sueldos En Enero, Así : Mensual Total

Decreto 99 de 1944 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y gastos varios de la Colonia Escolar del Carmen (Chocó)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para sueldos del personal y gastos varios de la Colonia Escolar del Carmen (Chocó), distribúyense las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 61, artículo 867. Para sueldos en enero, así : Mensual Total. Directora (interna) $ 90.00 Enfermera Celadora (interna) 40.00 Ecónoma (interna) 25.00 Habilitado (externo) 20.00 Portero-Mandadero (interno) 15.00 Granjero-Hortelano (interno) 20.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 45.00 Suma $ 255.00 Para sueldos en once meses, febrero a diciembre, así : Directora (interna) $ 90.00 990.00 Enfermera-Celadora (interna) 40.00 400.00 Ecónoma (interna) 25.00 275.00 Habilitado (externo) 35.00 385.00 Granjero-Mandadero 20.00 220.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 45.00 495.00 Totales $ 255.00 3.060.00

b)

Capítulo 61, artículo 868. Mensual Total . Enero: Alimentación de cinco (5) empleados internos, a $ 11 cada uno $ 55.00 Febrero a diciembre: Alimentación de cuarenta alumnas y diez empleados internos, a $ 11 mensuales cada uno 550.00 6.050.00 Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, transportes, drogas y demás gastos de esta Colonia 4.800.00 Total $ 10.800.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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