°. Funciones. La Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Salud Ambiental - Conasa, tendrá a cargo las siguientes funciones
Coordinar la formulación de la Política Integral de Salud Ambiental - PISA.
Formular un plan de trabajo detallado para el desarrollo de los objetivos planteados en el plan de acción del documento CONPES 3550 de 2008, y demás documentos que lo modifiquen y/o adicionen, el cual será sometido a aprobación de los integrantes de la comisión, y propiciar las actividades necesarias para su efectiva ejecución e implementación.
Formular recomendaciones que permitan la articulación, armonización e integralidad de las normas sectoriales del sector salud en el contexto ambiental y las propias del sector ambiente, en el marco de la Constitución Política y los principios y disposiciones de la Ley 99 de 1993 o las normas que la modifiquen o sustituyan.
Establecer mecanismos de coordinación con otras comisiones intersectoriales que tengan a su cargo áreas temáticas de salud ambiental y definir, junto a estas comisiones, estrategias que permitan el trabajo conjunto.
Solicitar información a las autoridades competentes sobre algunas actividades que generan contaminación ambiental, con el fin de proponer acciones que permitan prevenir sus efectos negativos sobre la salud.
Coordinar el desarrollo de las acciones, planes programas y proyectos de salud ambiental desde un enfoque integral que considere de manera individual y/o combinada los determinantes sociales, económicos, políticos, ambientales, sanitarios, tecnológicos y biotecnológicos que tengan potencial de afectar la salud humana.
Apoyar la creación del Sistema Unificado de Información de Salud Ambiental -SUISA.
Promover la divulgación y publicación de la información sobre salud ambiental.
Recomendar mecanismos de cooperación técnica entre entidades nacionales e internacionales en materias relacionadas con la salud ambiental.
Promover la creación de los Consejos Territoriales en Salud Ambiental - COTSA, por parte de los Ministerios miembros y orientar su reglamentación.
Apoyar la consecución de recursos por parte de los organismos nacionales e internacionales, para la implementación del plan de acción de la Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Salud Ambiental - Conasa.
Darse su propio reglamento de funcionamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral séptimo, los Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de la Protección Social, liderarán conjuntamente el proceso de creación y reglamentación del Sistema Unificado de Información de Salud Ambiental - SUISA, el cual será administrado por el Instituto Nacional de Salud en coordinación con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales - Ideam.
Los temas de salud ambiental relacionados con medidas sanitarias y fitosanitarias serán coordinados con la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-Comisión MSF, creada mediante Decreto 2833 de 2006, y los relacionados con la calidad de aire, se coordinarán con la Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Prevención y el Control de la Contaminación del Aire - Conaire, creada mediante el Decreto 244 de 2006.