Decreto 1546 de 1953 · Por el cual se concede una rebaja de penas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo Tercero. La gracia concedida por el presente Decreto no cobijará
a)
A los reincidentes;
b)
A los reos de delitos atroces;
c)
A los prófugos;
d)
A quienes hubieren observado mala conducta o cometido delitos durante su permanencia en las cárceles del país; y,
e)
A los militares desertores de las filas del Ejército que se hubiere incorporado a los guerrilleros.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.