Micelio

Artículo 39

Decreto 4765 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica de Registro, Control y Atención al Ciudadano. Son funciones de la Dirección Técnica de Registro, Control y Atención al Ciudadano, las siguientes

1.

Acompañar a la Subgerencia de Pesca y Acuicultura en la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas, proyectos y procedimientos tendientes a mantener el registro y el control de quienes ejercen la actividad pesquera y acuícola y ofrecer la atención al ciudadano de acuerdo con los principios generales de la administración pública.

2.

Liderar la ejecución de los planes, programas y proyectos trazados para el cumplimiento de los objetivos del Instituto en materia de registro y control de quienes ejercen la actividad pesquera y acuícola y atención al ciudadano.

3.

Adelantar el trámite a los permisos, patentes, concesiones y autorizaciones requeridos para ejercer la actividad pesquera y acuícola.

4.

Llevar el registro de quienes ejercen las actividades de pesca y acuicultura de conformidad con la reglamentación aplicable y mantenerlo actualizado.

5.

Coordinar con las Oficinas Regionales, las actividades necesarias para ejercer los controles a la actividad pesquera y acuícola, de conformidad con los procesos y procedimientos establecidos.

6.

Apoyar a la subgerencia de Pesca y Acuicultura en el diseño y la ejecución de los programas específicos relacionados con el registro, control y atención al ciudadano de la actividad pesquera y acuícola.

7.

Brindar apoyo a la Subgerencia de Pesca y Acuicultura en los procesos sancionatorios en segunda instancia, en materia de administración de los recursos pesqueros y acuícolas.

8.

Apoyar a la Dirección Técnica de Regulación en el desarrollo de medidas y su difusión relacionadas con su competencia.

9.

Hacer seguimiento y evaluación de los programas o proyectos del Instituto que le competen a la Dirección Técnica.

10.

Presentar a la Subgerencia de Pesca y Acuicultura los informes que le sean solicitados.

11.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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