Artículo cuarto. Elévase a cinco millones ($ 5.000.000.00) de pesos moneda corriente, el capital de trabajo del Departamento Nacional de Provisiones creado, como Fondo Rotativo por el artículo 21 del Decreto extraordinario número 251 de 1937.
Decreto 2473 de 1952 →Vigente
Artículo 21
Del Decreto Extraordinario Número 251 De 1937
Decreto 2473 de 1952 · Por el cual se señalan el personal y las asignaciones mensuales del Departamento Nacional de Provisiones, dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.