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Artículo 9

Son Funciones Del Director General: A) Dirigir, Coordinar, Vigilar Y Controlar El Personal Del Instituto, La Ejecución De Sus Funciones Y La Realización De Los Programas De La Entidad

Decreto 1473 de 1990 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones del Director General

a)

Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal del Instituto, la ejecución de sus funciones y la realización de los programas de la entidad.

b)

Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad, dentro de los límites legales y estatutarios.

c)

Informar al Ministerio de Salud sobre el estado de ejecución de los programas que correspondan al Instituto y rendir al Presidente de la República los informes generales y periódicos o especiales que le solicite sobre las actividades desarrolladas, la situación de la entidad y demás asuntos que tengan relación con la política de desarrollo socioeconómico del Gobierno Nacional.

d)

Presentar a la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud el proyecto de presupuesto y los planes de inversión del Instituto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

e)

Presentar a consideración de la Junta Directiva las adiciones, traslados o reformas al presupuesto del Instituto, conforme a lo establecido en las disposiciones vigentes.

f)

Controlar la ejecución del presupuesto del Instituto, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

g)

Nombrar y remover el personal de la entidad, conforme a las normas legales y estatutarias.

h)

Constituir mandatarios que representen al Instituto en negocios judiciales y extrajudiciales.

i)

Las demás funciones que le señalen la ley, los estatutos y las que refiriéndose al funcionamiento general del Instituto no están expresamente atribuidas a otra autoridad. CAPITULO III Consejo Científico Técnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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