Micelio

Artículo 1

Decreto 824 de 1913 · reformatorio del Decreto número 628 de 1913.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gastos que ocasione el personal y material de la goleta comprada para poner en comunicación las islas de San Andrés y Providencia con los puertos colombianos del Atlántico, se imputarán al departamento de Correos y Telégrafos, capítulo 12, artículo 26 del Presupuesto de gastos para la vigencia en curso.

Parágrafo

Queda en estos términos reformado el artículo 6.° del Decreto número 628 de 1913.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 824 de 1913