°. Las bajas de personal de tropa de tropa se causarán, conforme a las disposiciones legales, así: 1) Suboficiales. Comandantes de Brigada y Director General de Aviación, por las siguientes causas
Por tiempo cumplido de servicio;
Por incapacidad física o mala conducta, debidamente comprobadas, y
Por edad, de conformidad con la Ley vigente.
Cuando se trate de Sargentos primeros, la orden de baja será causada por resolución ministerial. 2) Soldados. Comandantes de Brigada y Director General de Aviación, por las siguientes causas
Por reclamación fundada durante los treinta (30) días siguientes al acuartelamiento, y
Por incapacidad física, debidamente comprobada. Comandantes de Cuerpo de tropa. b) Por tiempo cumplido de servicio, según el Decreto de convocatoria del contingente; b) Por defunción, y
Por deserción, una vez vencido el plazo que fija la ley sobre la materia.