Micelio

Artículo 14

Creación Y Transferencia De Funciones

Decreto 1275 de 1994 · por el cual se reestructura la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, se crea la Empresa Energía del Pacífico S.A., EPSA y se dictan otras disposiciones Complementarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Creación y transferencia de funciones. Las funciones de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, actualmente desarrolladas por la CVC, serán asumidas a más tardar a partir del 1º de enero de 1995 por una sociedad entre entidades públicas denominada "Empresa de Energía del Pacífico S.A., EPSA", en la cual participará la Nación, y podrán participar los Departamentos del Valle del Cauca y del Cauca, los municipios del Departamento del Cauca donde se encuentra ubicada la represa de Salvajina y las Empresas Municipales de Cali, Emcali. Las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, deberán contar para su participación con la autorización respectiva, de acuerdo con las normas que las rigen. Igualmente podrán participar en dicha sociedad particulares y otras entidades públicas siempre que se encuentren debidamente autorizadas para el efecto.

Parágrafo

Para efectos de la constitución de EPSA y hasta el primero de enero de 1995, no se aplicará la causal de disolución prevista por el artículo 457 del Código de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1275 de 1994