º . La División de Impuestos Nacionales podrá avaluar de oficio los bienes intangibles o good will. Para hacer tales avaluaciones se observarán las normas establecidas al efecto en la Ley 81 de 1960, pero si no fuere posible analizar los balances y estado de pérdidas y ganancias de cinco (5) años, se tomarán en cuenta, por lo menos, los correspondientes a dos ejercicios anteriores a aquel en que deba comenzar a regir el avalúo.
Decreto 2812 de 1963 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2812 de 1963 · Por el cual se adiciona la legislación sobre avalúo de intangibles
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.