Micelio

Artículo 1

Hácese La Siguiente Distribución, En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 517 de 1972 · Por el cual se hacen una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por las sumas de $ 848.300.00 y $ 800.000.00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese la siguiente distribución, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 167 Servicios Administrativos. Artículo 1514-A. Para atender, por conducto de las Gobernaciones, mediante decretos de distribución que expida el Gobierno Nacional a toda clase gastos urgentes originados en calamidades ocasionadas por el invierno y otras circunstancias fortuitas: $ 848.300. Que se distribuye así: Ordinal 1. Departamento de Antioquia. Para girar a la Gobernación para los siguientes gastos $ 148.300 h) Obras varias en el Municipio de Bello $ 148.300 Ordinal 3. Departamento del Cauca. Para girar a la Gobernación para los siguientes gastos 300.000 2) Para la iglesia de Belén de Popayán 300.000 Ordinal 11. Departamento de Nariño. Para girar al Gobernador para los siguientes gastos 400.000 C) Para el Colegio de Santo Tomás de Aquino del Municipio de Sandoná 150.000 d) Para el Colegio de Nuestra Señora de Fátima del Municipio de Sandoná 150.000 e) Para el Colegio Integrado del Municipio del Tambo 100.000 Total 848.300

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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