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Artículo 68

Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Intervención Judicial. Asignar al Director de Intervención Judicial de la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales, además de las funciones previstas en el artículo 29 del Decreto 1736 de 2020 y en esta resolución, las siguientes: 68.1 Decidir sobre las solicitudes de intervención remitidas por el Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales, por el Director de Investigaciones Administrativas por Captación y de Supervisión de Asuntos Financieros Especiales o por la Superintendencia Financiera de Colombia, 68.2 Conocer como juez de los procesos de intervención por captación ilegal, en los términos de la normatividad vigente, desde el inicio hasta su finalización. 69/98 RESOLUCION 68.3 Expedir las providencias y actos necesarios para el trámite e impulso del proceso de toma de posesión y de liquidación judicial, de conformidad con la normatividad vigente. 68.4 Vigilar el cumplimiento de las funciones por parte de los auxiliares de justicia que ejercen como interventores o liquidadores y decidir sobre las sanciones a que haya lugar. 68.5 Responder las acciones de tutela e impugnar los fallos de tutela, así como cumplir las órdenes impartidas por los jueces de tutela, cuando se refieran a asuntos de su competencia. 68.6 Imponer sanciones a quienes incumplan sus órdenes, en la forma y cuantía dispuesta por la normatividad vigente, así como las que resulten del desconocimiento del régimen de intervención. 68.7 Llevar registro de los procesos a cargo, por etapas adelantadas y pendientes, según lineamientos y políticas de la administración. 68.8 Cumplir con los planes de acción y mejoramiento. 68.9 Colaborar en la construcción de indicadores de gestión. 68.10 Calificar a los funcionarios adscritos a la Dirección. 68.11 Remitir a quien corresponda las copias que acrediten la presunta ocurrencia de conductas punibles. 68.12 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 68.13 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

PARÁGRAFO. La presente resolución, deja sin efectos los actos administrativos proferidos hasta el 22 de diciembre de 2020, mediante los cuales se haya hecho una asignación de competencias para conocer procesos judiciales de intervención a funcionarios de la Superintendencia de Sociedades.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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