Articulo 2º EL ICFES solo podrá dar trámite a aquellas solicitudes que sean acompañadas de los siguientes documentos
Acta de fundación de la entidad solicitada
Copia de los estatutos que definan las solicitudes y objetivos de la entidad, que definan sus órganos de gobierno, junto con sus funciones, y que contenga la conformación de su patrimonio.
Copia del plan de desarrollo, el cual debe responder a las necesidades del país y de la región donde se propone actuar el respectivo establecimiento.
Nombre, identificación y curriculum vitae del respectivo representante legal y del rector si las personas fueren distintas.
Certificación bancaria de que la entidad dispone de recursos monetarios suficientes para garantizar la iniciación y funcionamiento del establecimiento.
El Ministerio de educación Nacional señalará, a propuesta del ICFES, el contenido básico del plan de desarrollo y las cuantías mínimas de recursos monetarios por programa por estudiante necesarias para iniciación de labores y normal funcionamiento del respectivo establecimiento.