º . A partir de la fecha de expedición del presente Decreto, no darán derecho al CERT las exportaciones que se realicen en desarrollo de los sistemas especiales de intercambio comercial. Se exceptúan de lo anterior las exportaciones correspondientes a operaciones aprobadas mediante dichos sistemas con anterioridad al 20 de diciembre de 1984.
Decreto 187 de 1985 →Vigente
Artículo 1
Decreto 187 de 1985 · Por medio del cual se suprime el CERT para los sistemas especiales de intercambio comercial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.