°. La importación de los productos a que se refiere el artículo anterior será registrada por el Incomex, previo visto bueno otorgado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Los registros de importación presentados ante el Incomex que no hayan sido utilizados a la fecha de la vigencia del presente decreto, deberán contar con el visto bueno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural aquí señalado. Luego de la obtención del respectivo visto bueno se deberá presentar la modificación del correspondiente registro ante el Incomex.
Decreto 1253 de 1998 →Vigente
Artículo 2
La Importación De Los Productos A Que Se Refiere El Artículo Anterior Será Registrada Por El Incomex, Previo Visto Bueno Otorgado Por El Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural
Decreto 1253 de 1998 · por el cual se adoptan medidas respecto de las importaciones de arroz.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.