°. Corríjase el yerro contenido en el literal ‘c’ del artículo 2.2.9.1.11 del Decreto número 2236 de 2023, el cual quedará así: “ c. Las comunidades energéticas se registrarán en el sistema que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios disponga para tal fin. Dicha entidad establecerá los términos y condiciones de registro, teniendo en cuenta que será un instrumento diferenciado y flexible acorde con la naturaleza jurídica y objetivos de las comunidades energéticas del artículo 2.2.9.1.2.” .
Decreto 273 de 2024 →Vigente
Artículo 4
Corríjase El Yerro Contenido En El Literal ‘c’ Del Artículo 2
Decreto 273 de 2024 · por medio del cual se corrige un yerro del Decreto número 2236 de 2023, por el cual se adiciona al Decreto número 1073 de 2015 con el fin de reglamentar parcialmente el artículo 235 de la Ley 2294 de 2023 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 en lo relacionado con las Comunidades Energéticas en el marco de la Transición Energética Justa en Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.