Micelio

Artículo 21

Decreto 3770 de 2008 · por el cual se reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras; se establecen los requisitos para el Registro de Consejos Comunitarios y Organizaciones de dichas comunidades y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instancias de representación. Son instancias de representación de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras

a)

Los consejos comunitarios, en su doble condición de autoridad de administración interna de los territorios colectivos, y de organización de base por excelencia;

b)

Las organizaciones de base de que trata el presente decreto:

c)

Las comisiones consultivas departamentales, distrital de Bogotá, y de Alto Nivel, y

d)

Las comisiones pedagógicas nacional y departamentales, según proceda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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