Micelio

Artículo 4

Si En El Proceso De Comprobación De Los Requisitos Exigidos Por El Estatuto Básico De Los Partidos Políticos, El Consejo Nacional Electoral Concluye Fundadamente Que La Solicitud No Se Ajusta A Lo Establecido En El Literal B) Del Artículo 2° De La Ley 58 De 1985

Decreto 1824 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 58 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Si en el proceso de comprobación de los requisitos exigidos por el estatuto básico de los partidos políticos, el Consejo Nacional Electoral concluye fundadamente que la solicitud no se ajusta a lo establecido en el literal b) del artículo 2° de la Ley 58 de 1985. se abstendrá de otorgar la personería jurídica y de ordenar su registro. Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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