Artículo primero. A partir del primero de abril de 1953, auméntase el siguiente personal civil y de carrera: Personal de carrera: 20 Sargentos Segundos, a $220.00 mensuales, cada uno $ 4.400.00 500 Agentes, a $180.00 mensuales, cada uno $ 90.000.00 Sección Segunda "Sanidad": 3 Cocineros Primeros a $ 90.00 mensuales, cada uno 270.00
Decreto 1000 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1000 de 1953 · Por el cual se modifica el Decreto número 3036 del 29 de septiembre de 1949
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.