Adiciónase El Siguiente Parágrafo Al Artículo 1° Del Decreto 3767 Del 21 De Octubre De 2005: “parágrafo 4°
Decreto 692 de 2007 · por el cual se adiciona el Decreto 3767 del 21 de octubre de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Adiciónase el siguiente
Parágrafo
al artículo 1° del Decreto 3767 del 21 de octubre de 2005: “
Parágrafo 4
Las bolsas de valores podrán establecer en los estatutos sociales cualquier número máximo de miembros de sus consejos directivos, aún cuando la bolsa respectiva inscriba en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) valores emitidos por ella”.
Parágrafo 4
Artículo 1 DECRETO 3767 de 2005
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.