Micelio

Artículo 75

Decreto 2058 de 1995 · por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El quórum requerido para que el Consejo Asesor del Servicio de Radioaficionado pueda deliberar, lo constituirá el Ministro de Comunicaciones o su delegado, quien lo presidirá, y al menos tres más de sus siete (7) miembros, y las recomendaciones se tomarán con el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes. CAPITULO VII. Obligaciones especiales de los radioaficionados, ligas o asociaciones de radioaficionados

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2058 de 1995