Micelio

Artículo 2

Ley 11 de 1965 · por la cual se asocia el Congreso de la República a la celebración de las "Bodas de Oro" de la Sociedad Antioqueña de Agricultores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con el fin de que la Sociedad Antioqueña de Agricultores pueda ampliar su radio de acción en beneficio del campesinado, el Gobierno, por conducto del Ministerio de Agricultura, dentro de los noventa días (90 días) después de promulgada la presente Ley, procederá a darle en arriendo por veinte (20) años, y a razón de quinientos pesos ($ 500.00), anuales, las caucheras de Villa Arteaga, en el Municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia, con todas sus anexidades, quedando obligada dicha sociedad a reinvertir las posibles utilidades que perciba a través de las caucheras, en obras de carácter social de la región de Urabá, en la capacitación de trabajadores del sector rural, y en la defensa de los colonos.

Parágrafo

La Sociedad Antioqueña de Agricultores colaborará con el Servicio Nacional de Aprendizaje para que se establezca un centro agropecuario para capacitar a los trabajadores que la zona de Urabá requiera, tanto para la industria bananera que allí se inicia, como para otras actividades relacionadas con la ganadería y cultivos en general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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